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El diseño no registrado: un arma jurídica frente a la fast fashion

La industria de la moda se caracteriza por la rapidez con que las nuevas tendencias llegan al mercado y, en paralelo, por la inmediatez con la que las grandes cadenas…

La industria de la moda se caracteriza por la rapidez con que las nuevas tendencias llegan al mercado y, en paralelo, por la inmediatez con la que las grandes cadenas de fast fashion replican los diseños de creadores independientes. Este fenómeno plantea un desafío para los diseñadores que, con frecuencia, carecen de los recursos necesarios para registrar cada uno de sus diseños.

En este contexto, el diseño de la UE no registrado (DUENR) se ha convertido en un instrumento de gran valor. Estos diseños ofrecen una protección automática durante tres años desde su primera divulgación en la Unión Europea, sin necesidad de realizar un registro previo. La protección se limita a la copia deliberada del diseño, lo que resulta especialmente útil frente a imitaciones casi idénticas de prendas o accesorios.

No obstante, el éxito de un procedimiento por infracción basado en un diseño no registrado depende en gran medida de la prueba de la primera divulgación: catálogos, publicaciones en redes sociales o apariciones documentadas en desfiles se convierten en elementos cruciales para demostrar que el diseño existía y fue puesto a disposición del público antes de la copia.

En conclusión, aunque no sustituye la seguridad jurídica que aporta un registro ante la Oficina Española de Patentes y Marcas o ante la EUIPO -que gozan de una presunción legal de validez-, el diseño de la Unión Europea no registrado se ha revelado como un arma eficaz y flexible para que los diseñadores puedan defenderse frente a las copias inmediatas, propias de la fast fashion. Es un derecho que, bien gestionado, equilibra en parte la balanza entre grandes cadenas y plataformas de comercialización y creadores independientes. Por ello, resulta fundamental para esos creadores independientes -en coordinación o bajo la supervisión de abogados especializados en propiedad intelectual- disponer de un protocolo de aseguramiento de documentación que acredite la primera divulgación del diseño.

Celso Mazón. Abogado. Director del Área de Propiedad Industrial de Ibídem Abogados.

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