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Por qué los intangibles de su empresa son su mejor defensa

Como abogados especialistas en Propiedad Industrial, a menudo nos encontramos en nuestro despacho con empresarios que cruzan la puerta con la misma expresión de incredulidad. La historia suele ser idéntica: «Han…

Como abogados especialistas en Propiedad Industrial, a menudo nos encontramos en nuestro despacho con empresarios que cruzan la puerta con la misma expresión de incredulidad. La historia suele ser idéntica: «Han lanzado un producto igual al nuestro», o «Un ex empleado se ha llevado nuestra base de datos a la competencia». La respuesta que podemos darles en ese momento depende enteramente de las decisiones que tomaron —o no tomaron— meses antes.

En el actual escenario económico, caracterizado por una competencia feroz y una digitalización acelerada, la Propiedad Industrial ha dejado de ser un mero trámite administrativo para convertirse en el escudo más efectivo ante los infractores y competidores desleales. Ya no hablamos solo de registrar una marca: hablamos de blindar la supervivencia de su cuota de mercado.

El nuevo campo de batalla: más allá de la infracción.

La legislación reciente ha endurecido significativamente el cerco contra las prácticas infractoras y desleales, pero estas herramientas solo son útiles si sabemos activarlas. Casos recientes demuestran que los tribunales españoles están siendo rigurosos: para tener razón, hay que tener el registro o el protocolo adecuado.

La Ley de Competencia Desleal actúa como un «cierre de seguridad» del sistema, permitiendo perseguir actos que, aunque no infrinjan directamente un derecho de propiedad industrial, parasitan su esfuerzo. Hablamos de actos de confusión, imitación sistemática o explotación de la reputación ajena. Sin embargo, la jurisprudencia es clara: para alegar que alguien se aprovecha de su reputación, primero debe tener usted un derecho consolidado que la demuestre.

El secreto empresarial: su activo invisible

Quiero hacer especial hincapié en una herramienta poderosa, y a menudo ignorada por las PYMES: la Ley de Secretos Empresariales. En un entorno en el que la fuga de información es cuestión de un clic, proteger el know-how es vital.

Pero atención: un secreto no es secreto solo porque usted lo diga. Para que un juez le proteja, usted debe haber tomado «medidas razonables» para mantener esa confidencialidad. ¿Tienen sus empleados cláusulas específicas en sus contratos? ¿Están sus archivos digitales protegidos y con accesos restringidos? Si la respuesta es no, su información es, a efectos legales, de dominio público. No deje la puerta de su casa abierta esperando que nadie entre.

Tres lecciones para este 2026 que empieza:

  1. Registre antes de lanzar: en España, el derecho de marca nace, salvo excepciones muy contadas, del registro, no del uso. Si lanza su marca sin registrar, está regalando su reputación y esfuerzo al primero que pase por la Oficina Española de Patentes y Marcas o la EUIPO.
  2. Protocolice su información: identifique qué información es crítica para su negocio, y aplique medidas de seguridad y confidencialidad demostrables. Esto convertirá sus datos en «secretos empresariales» protegibles legalmente.
  3. Vigile activamente: la propiedad industrial requiere mantenimiento. Un derecho no vigilado es un derecho que se debilita. Monitorizar las solicitudes de registro que se presentan a diario ante las oficinas de marcas, diseños y patentes, y monitorizar el mercado para detectar infracciones tempranas, es más barato que un litigio tardío.

La infracción y la competencia desleal existen porque -de momento- es rentable copiar el éxito ajeno. Nuestra labor es hacer que deje de ser rentable. Proteger sus intangibles no es un gasto; es la inversión que garantiza que el valor que usted crea se quede en su empresa.

 

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